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En DAMA trade, estamos comprometidos a adaptarnos y cumplir con las nuevas obligaciones por parte del SAT. Por eso, apoyamos a nuestros clientes en la correcta aplicación de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE). Que esto no te tome por sorpresa — cotiza con nosotros y gestiona tus importaciones con total tranquilidad.
SAT amplía plazo para la Manifestación de Valor Electrónica hasta junio de 2026
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo para la entrada en vigor obligatoria de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) al 1 de junio de 2026, según la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026, publicada el 30 de marzo de 2026.
¿Qué es la Manifestación de Valor?
Es el documento con el que el importador declara a la autoridad aduanera todos los elementos necesarios para determinar el valor en aduana de las mercancías, base para el cálculo de impuestos de comercio exterior. Con la digitalización, este proceso evoluciona hacia la MVE, que deberá enviarse electrónicamente a través de la VUCEM (Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana).
¿Qué implica para los importadores?
- Presentar información detallada por factura, no solo totales.
- Detallar y soportar cada gasto según el Incoterm aplicable.
- Transmitir la información a través de la VUCEM usando el formato E2.
- La responsabilidad legal recae en el importador, coordinada con el agente aduanal.
- La omisión en la transmisión puede generar una multa de $4,790 pesos.
Fechas clave
- Hasta el 31 de mayo de 2026: Período de transición — esquema tradicional o electrónico.
- A partir del 1 de junio de 2026: La MVE electrónica es obligatoria.